Comunicados Adventistas para Argentina

 

públicos sobre temas de interés comunitario

 

(Las fotos son agregados para ilustrar. No pertenecen a los comunicados originales. Primer comunicado arriba, fecha más reciente)


2º CONGRESO INTERNACIONAL DE LIBERTAD RELIGIOSA - CALIR

 

 - Declaración -

 

 "La Iglesia Adventista del Séptimo Día de la Argentina declara su adhesión y apoyo al 2º Congreso Internacional de Libertad Religiosa “La Libertad Religiosa en el Siglo XXI. Religión, Estado y Sociedad”, organizado por el CALIR, del 3 al 5 de septiembre de 2014, en dependencias de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba. 

 

Creemos que es necesario tratar estas temáticas y los desafíos generales a la hora de aplicar de forma estatal o privada el Derecho a la Libertad Religiosa y de Conciencia, como así también su aplicación práctica ante problemas puntuales que las personas puedan padecer al ejercer su fe como un estilo de vida."

 

Buenos Aires, jueves 6 de marzo de 2014

 

Pr. Carlos Gill Krüg

Presidente

 

Pr. Darío Bruno

Dir. de Libertad Religiosa

 

Unión Argentina

Iglesia Adventista del Séptimo Día


Oremos por la PAZ… Trabajemos para construir la CONVIVENCIA…Vivamos la ESPERANZA…

12 de diciembre de 2013

En relación a los acontecimientos que se han producido los últimos días en el país, la Iglesia Adventista del Séptimo Día siente la necesidad de compartir, con la sociedad toda, un mensaje positivo que contribuya a retomar el camino de la reflexión, el dialogo y el consenso.

Observamos que los hechos ocurridos, están produciendo un dolor insondable en las familias afectadas y en toda la comunidad. Por ello, invitamos a cada ciudadano a elevar oraciones y plegarias por la PAZ y la armonía, por la concordia y el bienestar general.

Además, animamos a toda persona que habita nuestra amada tierra argentina, cualquiera sea el rol que ocupe hoy en la sociedad, a trabajar con valor y honestidad para construir una verdadera CONVIVENCIA entre hermanos.

Entendemos que todos somos hijos del mismo Dios y creemos que él, como padre, nos dio el don de vivir en comunidad. Ya en el Antiguo Testamento el profeta Isaías expresaba de esta manera la ESPERANZA: Convertirán sus espadas en rejas de arado y sus lanzas en hoces (ver Isaías 2:4).

Como cristianos, en esta época del año, recordamos el nacimiento de nuestro señor Jesucristo. Él vivió para enseñarnos a amar a nuestro prójimo. Con su ejemplo, nos animó a cuidar a nuestro hermano y nos propuso amar a nuestro vecino con la misma fuerza e intensidad con la que nos amamos a nosotros mismos.

Jesús nos dejó un regalo de ESPERANZA. Según consta en el evangelio de Mateo (ver Capitulo 5), Cristo dijo: Bienaventurados los que lloran, porque recibirán consolación… Dichosos los mansos, porque recibirán la tierra por heredad… Bienaventurados los  pacificadores, porque ellos serán llamados hijos de Dios…


Iglesia Adventista del Séptimo Día en Argentina


 

COMUNICADO ADVENTISTA POR ATENTADO A LA IGLESIA

METODISTA DE ROSARIO NORTE

  

Buenos Aires, miércoles 2 de octubre de 2013

 

Prendieron fuego a libros, el altar, un piano, bancos y parte del piso de pinotea. Foto Alberto Gentilcore

La Iglesia Adventista del Séptimo Día en la Argentina manifiesta, a través de este medio, su profundo pesar por una nueva manifestación de vandalismo antirreligioso llevado a cabo el viernes 27 de septiembre contra la Iglesia Metodista de la zona Norte de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

 

Este recinto religioso de culto, declarado patrimonio histórico, que además es sede del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH) de esa ciudad, merece respeto y consideración, valores que en este caso han sido dejados de lado y cambiados por un acto de profanación. 

 

Volvemos a preocuparnos de que, como sociedad, nos estemos habituando a estas actitudes vandálicas y las estemos considerando como naturales.

 

Como iglesia, entendemos que en una sociedad democrática deben existir tanto el respeto como el derecho. Aunque toda persona tiene derecho a la libre expresión, también es su obligación respetar los lugares públicos y las diferentes opiniones políticas, económicas, deportivas, etc.; y las diversas creencias religiosas.

 

Nos solidarizamos nuevamente con el dolor que estos actos producen, y animamos a las autoridades, a los medios de comunicación y a la sociedad a repudiar y denunciar esta clase de actitudes antisociales, cada vez que estas se repitan, a fin de prevenir nuevas manifestaciones de esta índole.

 

 

Iglesia Adventista del Séptimo Día en la Argentina

Pastor Marcos Caro – Director de Comunicación

Pastor Darío Bruno – Director de Deberes Cívicos y Libertad Religiosa

 


 

PREOCUPACIÓN ADVENTISTA POR ATENTADO A LA IGLESIA

SAN IGNACIO DE LOYOLA

  

Buenos Aires, jueves 26 de septiembre de 2013

 

La Iglesia Adventista del Séptimo Día en la Argentina manifiesta, a través de este medio, su profundo pesar por el acto vandálico llevado a cabo el miércoles 25 de septiembre contra la Iglesia de San Ignacio de Loyola, ubicada en el Barrio de Monserrat de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Este recinto religioso de culto, que además es monumento histórico nacional desde 1942, merece respeto y consideración, valores que en este caso han sido dejados de lado y cambiados por un acto de profanación. Nos preocupa que, como sociedad, nos estemos habituando a estas actitudes vandálicas y las estemos considerando como naturales.

 

Como iglesia, entendemos que en una sociedad democrática deben existir tanto el respeto como el derecho. Aunque toda persona tiene derecho a la libre expresión, también es su obligación respetar los lugares públicos y las diferentes opiniones políticas, económicas, deportivas, etc.; y las diversas creencias religiosas.

 

Nos solidarizamos con el dolor que estos actos producen, y animamos a las autoridades, a los medios de comunicación y a la sociedad a repudiar y denunciar esta clase de actitudes antisociales, a fin de prevenir nuevas manifestaciones de esta índole.

 

 

Iglesia Adventista del Séptimo Día en la Argentina

Pastor Carlos Gill – Presidente

 


DECLARACIÓN DE LA IGLESIA ADVENTISTA RESPECTO DE LOS PROYECTOS DE LEY PARA IMPONER EL CIERRE OBLIGATORIO DE LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES LOS DOMINGOS

 29 de agosto, 2013

 

Pr. Carlos Gill Krüg

Presidente de la Unión Argentina - 2013

Hacemos llegar a los señores legisladores, a las demás autoridades según correspondiere y a la comunidad en general; nuestra inquietud respecto al impulso que algunos sectores vienen dando a iniciativas legislativas que propenden a prohibir la apertura de locales comerciales los domingos, pues advertimos que el dispositivo legal proyectado seguramente afectará la libertad laboral, religiosa y de conciencia de los fieles pertenecientes a la Iglesia Adventista y a otras comunidades religiosas que guardan por precepto un día diferente al domingo.

 

La Iglesia Adventista del Séptimo Día, presente en el país desde fines del siglo XIX, es una comunidad cristiana que observa el descanso semanal los días sábado. Los adventistas creemos que el sábado fue dado por Dios en la creación y honrado por Cristo durante su vida. Por ello, guardamos ese día según, como entendemos, lo establece la Biblia en Génesis 2:2-3, Éxodo 20:8-11, Lucas 4:16 y en muchos otros pasajes. Nuestro propio nombre nos recuerda que el descanso semanal es un tema inherente a nuestra cosmovisión: que el sábado es un día apartado para el desarrollo del vínculo sagrado entre el Creador y la familia humana.

 

Los adventistas consideramos que la salud y la prosperidad de la sociedad están directamente relacionadas con el bienestar de sus partes constitutivas. Creemos que el lazo familiar es el más íntimo y el más sagrado de todas las relaciones humanas y que en el círculo familiar se satisface, en forma significativa, la necesidad profunda y permanente de un sentido de pertenencia, de amor y de  intimidad.

 

Entendemos que el descanso semanal enriquece y fortalece  de  forma única los vínculos de los miembros de la familia. Por lo cual, hallamos que algunos de los argumentos esgrimidos en los proyectos de ley referidos, son legítimos y merecen consideración y respeto.

 

Sin embargo, como activos promotores y defensores de la libertad religiosa de todas las personas, encontramos entre los fundamentos de la norma proyectada,  argumentos  y  conclusiones que no podemos acompañar, como es el caso  de la “tradición compartida por la mayoría de los miembros de la sociedad”, para sostener la obligación del descanso en día domingo.

 

Observamos que la imposición del domingo, a quienes guardan otro día  de descanso, e incluso a los no creyentes; se opone a los principios básicos de libertad religiosa, garantizados por el derecho internacional de los derechos humanos y los instrumentos internacionales emergentes del mismo, que desde 1994 tienen jerarquía constitucional.

 

La República Argentina ha tenido la virtud de garantizar a todos los habitantes de la Nación el derecho a profesar y practicar libremente su culto (arts. 14 y 20 de la Constitución Nacional), y con ello permitir las múltiples manifestaciones religiosas.

 

Así, nuestro país ha posibilitado la construcción de una sociedad plural y diversa. Esa diversidad social fue reconocida en varias normas incorporadas a la Constitución Nacional en 1994, en especial al amparar a las personas contra toda forma de discriminación (art. 43).

 

Con la reforma, ha quedado establecido en el ordenamiento jurídico un sistema íntegro de protección de los derechos humanos. La nueva redacción del art. 75 inc. 22, ha incorporado con carácter constitucional distintos tratados internacionales que protegen cabalmente la libertad de conciencia, de religión y de pensamiento; y obligan a los Estados Parte a respetarla.

 

En este orden, se destaca la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), dispone: "...Art. 12. —Libertad de conciencia y de religión. 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado. 2. Nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias..."

 

Por su parte, la Declaración Universal de Derechos Humanos en el artículo 18 dispone que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia".

 

En tanto, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, declara que "en los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, no se negará a las personas que pertenezcan a dichas minorías el derecho que les corresponde (...) a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión" (Art. 27).

 

El derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, garantizado por dichos tratados, se encuentra específicamente desarrollado por la "Declaración para la Eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones", proclamada el 25 de noviembre de 1981 por la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución 36/55).

 

La declaración considera que la religión, para quien la profesa, constituye “uno de los elementos fundamentales de su concepción de la vida y que, por tanto, la libertad de religión o de convicciones debe ser íntegramente respetada y garantizada”; agrega “que es esencial promover la comprensión, la tolerancia y el respeto en las cuestiones relacionadas con la libertad de religión”. Luego, dispone que nadie será objeto de coacción que pueda menoscabar su libertad de tener una religión o convicciones de su elección (art 2); y que este derecho comprende la libertad “de observar días de descanso y de celebrar festividades y ceremonias de conformidad con los preceptos de una religión o convicción” (art. 6 inc. h).

 

De la interpretación conjunta y armónica de los tratados internacionales, se deriva un marco normativo protectorio de la igual dignidad de las personas humanas; de tal modo que se garantiza la igualdad ante la ley, se protege contra la discriminación; se promueve la educación para la tolerancia y convivencia; y se tutelan especialmente los derechos de las minorías.

 

Destacamos, que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que la defensa de los sentimientos religiosos forma parte del sistema pluralista que en materia de cultos adoptó la Constitución Nacional en su art. 14. (sent. del 7 de julio de 1992 - La Ley, 1992-C, 543 -). En este orden, nuestros tribunales han entendido que "el derecho de profesar las creencias religiosas supone, a su vez, el derecho de que otros respeten las creencias y, en particular, los sentimientos religiosos de los grupos mayoritarios y, en especial, de los sectores minoritarios en el marco de una sociedad pluralista y tolerante” (Cámara de Apelaciones en lo Contencioso administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Sánchez Sorondo, José A. c. Ciudad de Buenos Aires – sent. del 13 de enero de 2005 -  . LA LEY 2005-C, 712 -). 

 

Por todo lo expuesto, consideramos que los proyectos de ley que procuran imponer el cierre obligatorio de los establecimientos comerciales los domingos, de ser aprobados tal como están redactados, afectarán la libertad religiosa, de culto y de conciencia de millares de argentinos practicantes del descanso sabático u otro día de descanso, al privarles compensar con su trabajo dominical su abstinencia de trabajo en un día diferente, conforme lo establece su creencia.

 

Valorando los antecedentes relacionados con la defensa de los derechos humanos, que honran a nuestro país, convocamos a quienes tienen la responsabilidad de legislar respecto a tan delicados asuntos, a profundizar la comprensión, la tolerancia y el respeto en todas las cuestiones, que como la expuesta, se encuentran relacionadas con la libertad de religión y de creencias. En este orden, solicitamos la no aprobación de los proyectos referidos. Sin perjuicio de ello, y en caso de proseguir su curso hacia la sanción como leyes, requerimos incorporar a la norma, un dispositivo de excepción para quienes observan otro día de descanso por razones de conciencia.

 

Confiamos que nuestros legisladores estarán de acuerdo en que para que los derechos de las minorías sean efectivos es necesario que la diversidad y la pluralidad de identidades no sólo se toleren sino que se promuevan y se protejan. En consecuencia, les solicitamos ejercer acciones positivas tendientes al pleno disfrute por todos del derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.

 

 

Pr. Carlos Gill Krüg

Presidente

Iglesia Adventista del Séptimo Día

Unión Argentina

 


PREOCUPACIÓN DE LOS ADVENTISTAS RESPECTO DEL PROYECTO DE LEY DE “REGULACIÓN DE HORARIOS DE ACTIVIDADES COMERCIALES”

 

Hacemos llegar a los señores legisladores de la provincia de La Pampa nuestra inquietud, respecto a la forma en que el proyectado artículo 6 del proyecto denominado “Regulación de Horarios de Actividades Comerciales” podría afectar la libertad laboral, religiosa y de conciencia de los miembros pertenecientes a la Iglesia Adventista y de otras comunidades religiosas.

 

La Iglesia Adventista del Séptimo Día está presente oficialmente en el país desde 1893 y observa el descanso sabático que, tal como entendemos lo establece la Santa Biblia en Éxodo 20:8-11 y en otros pasajes. 

 

Consideramos que el presente proyecto, tal como está redactado, afectaría la libertad religiosa, de culto y de conciencia de cientos de vecinos pampeanos practicantes del descanso sabático, al privarles compensar con su trabajo dominical su abstinencia de trabajo en sábado, conforme lo establece su fe.

 

Valorando los antecedentes legislativos provinciales de respeto, libertad, tolerancia y consideración hacia las creencias y prácticas de nuestras minorías, solicitamos tengan a bien contemplar esta preocupación. Respetuosamente sugerimos la no aprobación del proyecto. En caso de sancionarse el mismo como ley, solicitamos incorporar en ésta un artículo que establezca la excepción para quienes observan el descanso sabático por razones de conciencia.

 

Atentamente,

 

Pastor Adrián Bentancor

Presidente de la Asociación Argentina del Sur

Iglesia Adventista del Séptimo Día

Santa Rosa, La Pampa, 5 de junio, 2013

 


DECLARACIÓN DE LA IGLESIA ADVENTISTA DEL SÉPTIMO DÍA

EN RELACIÓN AL PROYECTO DE LEY DEL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.

 

Dr. Lorenzetti y Presidente Kirchner presentan el Proyecto

En los últimos tiempos nuestro país ha asistido a relevantes modificaciones legislativas. 

 

Como es de público conocimiento, con la intención de resguardar los derechos de todos el Congreso de la Nación sancionó, a mediados del año 2010, la ley 26618 que legaliza las uniones de personas del mismo sexo como matrimonio. Asimismo, en mayo de este año se promulgaron las leyes 26672 y 26673, conocidas como ley de “muerte digna” y ley de “identidad de género”, respectivamente.

 

Los cortos debates que precedieron a la sanción de estas últimas dos leyes han generado interrogantes respecto a sus alcances, despertado fuertes emociones y causado no pocas heridas en el seno de nuestra sociedad, porque se observa una tendencia a neutralizar el rol de la religión, minimizar su incidencia en la sociedad y eventualmente limitar su libertad de expresión por medio de leyes antidiscriminatorias.

 

Uno de los pilares fundamentales de una sociedad democrática y plural es la libertad. La primera y esencial, es la libertad de conciencia (lo que cada persona cree en su fuero íntimo) y de expresión (la manifestación externa de esas creencias).  La libertad religiosa es el buque insignia de esas libertades. La historia enseña que, indefectiblemente, cuando la libertad religiosa es cercenada naufragan también las demás libertades.

 

La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 establece en su Art. 18 que todo hombre tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; y en el Art. 19, que toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.

 

 De acuerdo con estos principios, manifestamos nuestra posición opuesta a cualquier forma de violencia, coerción o discriminación contra el ser humano, afirmando, por un lado, el debido respeto a todas las personas independientemente de sus elecciones éticas y sexuales, y, por el otro, afirmando también el derecho de cada persona a la libertad de conciencia y expresión.

 

Hace algunos días el Poder Ejecutivo envió al Senado el proyecto que procura la unificación y reforma de los códigos civil y comercial. Si bien felicitamos al Estado por impulsar esta reforma y actualización, consideramos que por las implicancias del mismo requieren de un amplio análisis.

 

El proyecto contiene una serie de propuestas que implican un profundo cambio en el derecho argentino y promueven soluciones que suponen transformaciones substanciales en cuestiones relativas al Derecho de Familia. Así, se destacan las modificaciones en asuntos clave como matrimonio, divorcio, filiación, adopción, fertilización asistida y patria potestad.

 

Estos temas están en el corazón de muchos problemas acuciantes que enfrenta la sociedad. Las instituciones de la familia y el matrimonio están bajo ataque y enfrentan fuerzas centrífugas crecientes que las están destrozando.

 

Los principios y valores, que por siglos han informado al Derecho de Familia y en particular a las leyes que regulan el matrimonio, actualmente están siendo cuestionados en forma creciente. La legislación de nuestro país se ha puesto a la vanguardia de una tendencia global que ignora el trasfondo moral, histórico, natural y biológico, y los contenidos éticos de las normas jurídicas que conforman el Derecho de Familia.

 

En este contexto, la Iglesia Adventista del Séptimo Día ha sentido la necesidad de declarar públicamente su posición con respecto a la objeción de conciencia, el matrimonio, la familia y la sexualidad humana.

 

Entendemos que la salud y la prosperidad de la sociedad están directamente relacionadas con el bienestar de sus partes constitutivas.

 

Creemos que el lazo familiar es el más íntimo y el más sagrado de todas las relaciones humanas y que en el círculo familiar se satisfacen en forma significativa la necesidad profunda y permanente de un sentido de pertenencia, de amor y de  intimidad.

 

Sostenemos que la unión monógama de un hombre y una mujer es el fundamento divinamente ordenado de la familia, históricamente establecido en la vida social universal, y que es el mejor ámbito moralmente apropiado para las intimidades sexuales a ella asociadas.

 

Cualquier atenuación de esa elevada perspectiva supone, en idéntica medida, una rebaja del ideal al que debería aspirar la sociedad en su conjunto. 

 

Creemos que todas las personas, no importa cuál sea su orientación sexual, son hijos de Dios. No aprobamos que se señale a ningún grupo para hacerlo objeto de burlas o escarnio, y menos de abuso. Sin embargo, es muy claro que la Palabra de Dios no aprueba un estilo de vida homosexual; ni lo han hecho las grandes religiones a lo largo de 6.000 años de historia. Los adventistas entendemos que la enseñanza bíblica continúa siendo válida hoy, porque está anclada en la misma naturaleza de la humanidad.

 

Por ello estamos convencidos de que es nuestro deber hacer todo lo que esté a nuestro alcance para fortalecer la figura del matrimonio a fin, entre otros objetivos, de que todos los niños disfruten de los beneficios de tener un padre y una madre.

 

Es precisamente a un marido y a una esposa, cuyo amor les ha permitido conocerse el uno al otro en un vínculo sexual profundo, a quienes un niño puede ser confiado. El hijo es la personificación viviente de su propia unidad. El niño en crecimiento se desarrolla idóneamente en la atmósfera de unidad y amor matrimonial en el cual fue concebido, y se beneficia de la relación con cada uno de sus padres naturales.

 

Es cierto que la tecnología aplicada a la medicina ha desarrollado varias alternativas destinadas a asistir a la fertilización humana. Procedimientos como la fecundación asistida, la fertilización in vitro, el alquiler de vientre y la transferencia embrionaria proveen cada vez más opciones para ayudar a la fertilización humana. Sin embargo, junto con el poder que estas tecnologías ponen al alcance del ser humano, está implícita la responsabilidad de decidir si ellas deben o no ser utilizadas.

 

La decisión acerca de utilizar o no tecnologías aplicadas a la fertilización es un asunto muy íntimo, que debe ser decidido entre el marido y la esposa, dentro de los límites de la fidelidad y de la continuidad del matrimonio, sin ninguna coerción. Sin embargo, el recurso de un tercer participante, como las donaciones de esperma, de óvulo, o la del denominado “proceso de gestación por sustitución”, implica varios problemas médicos y éticos que es mejor descartar. Entendemos que el principio de la identidad familiar y genética es fundamental para el bienestar individual. Es por esto que cualquier decisión concerniente a la fertilización asistida debe considerar el impacto que producirá en el niño por nacer. Debe contemplar el interés superior de este niño, el que comprende el derecho a la identidad biológica.

 

Creemos que los valores cristianos deben ser compartidos, promovidos y protegidos. A la vez, como cristianos, los adventistas reconocemos el papel legítimo del gobierno organizado en la sociedad. Apoyamos el derecho del Estado de legislar en materia secular y apoyamos el acatamiento a dichas leyes.

 

La Iglesia Adventista del Séptimo Día defiende, como principio, la separación de la Iglesia y el Estado, lo cual implica sostener, por una parte, que nunca debería la Iglesia usar su influencia o su poder para crear leyes que fuercen a otros a que actúen de acuerdo con sus creencias o prácticas, y por otra, que ningún poder o gobierno terrenal tiene el derecho a legislar en asuntos religiosos o limitar su libertad de expresión.

 

Los adventistas, como activos promotores de la libertad religiosa, trabajamos para defender la libertad de conciencia y de religión de todas las personas, en armonía con los instrumentos de las Naciones Unidas.

 

En este orden de ideas, advertimos que las normas contenidas en las leyes referidas en la introducción de este documento, así como algunas de las disposiciones del Código proyectado, generarán en más de una oportunidad y en muchas personas un dilema trascendental, cual es cumplir con una norma jurídica que violenta sus íntimas convicciones u observar el dictado de su conciencia que le impone el deber de resistirse al mandato de la norma positiva.

 

Es por ello que instamos a los legisladores a incluir en el Código proyectado dispositivos normativos que garanticen el efectivo ejercicio del derecho a la objeción de conciencia de cualquier persona o institución religiosa que tuvieran que intervenir en hechos o actos jurídicos vinculados con las regulaciones contenidas en el mismo. Ello en armonía con principios fundamentales de la Constitución y los tratados internacionales con jerarquía constitucional y en el entendimiento de que éste es un derecho enraizado en la dignidad propia de la persona humana.

 

Creemos que los asuntos aquí puestos a la consideración de toda la comunidad son de una naturaleza tan delicada que merecen una seria meditación y una profunda reflexión por cada uno de sus miembros, y en especial de quienes tienen la responsabilidad enorme de legislar para todos.

 

Buenos Aires, 19 de junio, 2012

Pr. Jorge  Rampogna

Director Prensa y Comunicación

Iglesia Adventista del Séptimo Día

Unión Argentina – Cel. 15-5009-8120

 

Pr. Darío Bruno

Director Deberes Cívicos y Libertad Religiosa

Iglesia Adventista del Séptimo Día

Unión Argentina – Cel. 15-5006-5516


APOYO, SOLIDARIDAD Y SUS TEMPLOS PARA LAS VÍCTIMAS DEL ACCIDENTE FERROVIARIO

 

Jueves 23 de febrero, 2012

 

Por medio de la presente, la comunidad de la Iglesia Adventista del Séptimo Día de Argentina, desea expresar su más profundo pesar y extender sus sinceras condolencias a los familiares y víctimas del accidente ferroviario ocurrido ayer en la estación de Once, que conmueve y enluta a todo el pueblo Argentino.

 

Por esta razón, este jueves y viernes, se elevarán plegarias para pedir a Dios por los más de  700 heridos y por los familiares de las 50 víctimas fatales de esta tragedia.

 

Además, el próximo sábado 25/2 durante la mañana los templos y salones de la Iglesia Adventista del Séptimo Día, ubicados en Capital Federal y Gran Buenos Aires abrirán sus puertas de 9:30 a 12:00 para recibir a los damnificados y sus familiares, y ofrecerles paz, consuelo y esperanza a través de momentos de oración y asistencia espiritual. (Las direcciones de los templos y salones se pueden obtener en el sitio www.adventistas.org.ar ).

Jesús dijo: "

 

“La paz os dejo, mi paz os doy; no como el mundo la da, yo os la doy.  No se turbe vuestro corazón, ni tenga miedo”  (San Juan 14).

 

Por lo tanto, y atendiendo a estas palabras, se invita a que se unan nuestras plegarias para rogar a Dios por paz, sanidad, consuelo y esperanza para los afectados en este accidente.

 

Quedando a vuestra entera disposición se despide atentamente.

 

Jorge Miguel Rampogna

RRPP-Comunicación

Director Nacional

Iglesia Adventista del Séptimo Día


ADVENTISTAS ABOGAMOS POR EL DIALOGO Y LA PAZ EN EL DIFERENDO POR LAS ISLAS MALVINAS

 

Viernes 3 de febrero, 2012

Islas Malvinas - Falklands Islands

 

Embajador Guillermo Oliveri

Secretario de Culto de la Nación

Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto 

 

De nuestra mayor consideración:

 

Con motivos de los últimos acontecimientos respecto al diferendo por las Islas Malvinas que la República Argentina y el Reino Unido mantienen por la soberanía de este territorio, queremos hacer llegar el siguiente mensaje:

 

Solicitamos y abogamos respetuosamente ante las partes involucradas para que el diálogo, la negociación y la paz puedan conducir a la solución definitiva del diferendo, evitándose así, la militarización del conflicto que creemos puede solucionarse con la buena voluntad de todas las partes.  Ante dos naciones cristianas no podemos menos que apelar a las sabias palabras de Jesucristo cuando dijo:

 

“La paz os dejo, mi paz os doy; yo no os la doy como el mundo la da. No se turbe vuestro corazón, ni tenga miedo.” San Juan 14:27  “Pedid y se os dará, buscad y hallareis, llamad y se os abrirá” San Mateo 7:7

 

Por esta razón y en consonancia al sentir de N. S. Jesucristo es que instamos en oración a nuestros líderes para que se profundice el camino que lleva a la paz y la cordura en todo diálogo y negociación.  De tal manera que el resultado final pueda llegar a ser de bendición para una comunidad y para todo un país.

 

Dios los ilumine en este desafío y sepan que como comunidad religiosa estaremos orando por estos logros y participando de toda iniciativa que lleve a la oración por el dialogo, por la paz y la no militarización de un diferendo entre hermanos e hijos del mismo Dios.

 

Saludan a Ud. y al gobierno todo, muy atentamente.

 

Pastor Darío Bruno

Director del Dpto. de Deberes Cívicos y Libertad Religiosa

 

Pr. Jorge Rampogna

Director de Comunicación

 


PEDIDO AL GOBIERNO DE IRÁN POR LA LIBERTAD DEL PASTOR YOUCEF NADARKHANI

 

Pastor Evangélico Youcef Nadarkhani

11 de octubre, 2011

 

Ali Pakdaman                        (Presentada en la Embajada en español e inglés)

Encargado de Negocios

Embajada de Irán

Ciudad de Buenos Aires

Argentina

 

De nuestra mayor consideración y urgencia:

 

Por medio de esta nota y en representación de más de 100.000 personas adventistas de la Argentina, por medio de su generosa y atenta mediación, queremos hacer llegar al Gobierno Iraní nuestra súplica y apelación para que el ciudadano Youcef Nadarkhani, actualmente privado de su libertad en Irán y condenado a muerte, inicialmente por asuntos relacionados con sus creencias cristianas evangélicas, pueda ser puesto en libertad y si así lo posibilitase la legislación islámica local, sea también perdonado.

 

El pastor Youcef Nadarkhani sostiene una fe cristiana, es líder religioso de un grupo de creyentes locales, es esposo y padre de una familia que necesita volver a reunirse en amor y seguridad.  Por otro lado sabemos que Irán busca la paz y el respeto aun de los que no creen lo mismo que la mayoría, en cumplimiento del compromiso firmado por las naciones del mundo ante las Naciones Unidas en la “Declaración Universal de los Derechos Humanos” del 10 de diciembre de 1948 y con la resolución sobre “La eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o en las convicciones” del 25 de noviembre de 1981.

 

Agradeceremos también, transmita al Presidente de Irán Mahmud Ahmadineyad nuestros deseos de que Al-Rahmān مهربان  (“El Misericordioso”) le acompañe con sabiduría al ayudar en esta difícil pero humanitaria mediación por la vida y libertad de Youcef Nadarkhani.

 

Saluda muy respetuosamente por vuestro medio al gobierno Iraní.

 

Lic. Pr. Darío Bruno

Director de Libertad Religiosa

Iglesia Adventista del Séptimo Día Argentina

Buenos Aires

 


SOLIDARIDAD POR AGRESIÓN SUFRIDA CONTRA JUDÍOS Y SALUDO DE AÑO NUEVO

 

1º día de Rosh Hashaná 5772 - Jueves 29 de septiembre de 2011 00:00hs

“Apreciada comunidad:

 

Foto del momento del ataque de un joven contra varios creyentes judíos

Lamentamos profundamente lo ocurrido ayer respecto a la agresión sufrida por integrantes de la comunidad religiosa judía en torno a una sinagoga del barrio porteño de Flores, Bs. As.  Los animamos a seguir respondiendo con sabiduría y amor ante una violencia que juntos podemos ayudar a cambiar definitivamente de nuestra querida Argentina.

 

Por otro lado, con motivo de la llegada de momentos trascendentes de vuestro calendario en que cada uno de ustedes renueva las costumbres que simbolizan y destacan estas fechas, les hacemos llegar a toda la comunidad un abrazo fraterno en este año nuevo que pueda incluir los mejores deseos por un año de salud, paz, bueno y dulce.

 

Shaná tová umetucá”

 

Pr. Carlos Gill Krüg

Presidente

Iglesia Adventista del Séptimo Día

Unión Argentina

 


PREOCUPACIÓN ADVENTISTA POR ATENTADO EN PARANÁ, ENTRE RÍOS

 

Buenos Aires, martes 30 de agosto, 2011

 

Fotos del atentado al monumento de la Biblia en Paraná, Entre Ríos   25-7-2011

La Iglesia Adventista del Séptimo Día en la Argentina  comunica, a través de este medio, su profundo pesar por el acto irrespetuoso, llevado a cabo contra el monumento a la Biblia, ubicado en Plaza Sáenz Peña, Paraná (Entre Ríos). En dicho acto, desconocidos mancharon con pintura negra el monumento mencionado, recientemente construido con apoyo de la comunidad.  Cabe recalcar que dicho delito está sancionado por la Ley Antidiscriminatoria Argentina Nº 23592 y por el artículo 14 de la Constitución Nacional.

 

El monumento había sido levantado e inaugurado gracias al esfuerzo conjunto de varias religiones; las cuales contaron con el respaldo y la presencia de líderes del gobierno local, del ámbito evangélico, católico, judío y de la Sociedad Bíblica Argentina.  

 

Como iglesia, entendemos que en una sociedad democrática deben existir tanto el respeto como el derecho. Y consideramos que  el respeto no fue ejercido en dicha situación. Aunque toda persona tiene derecho a la libre expresión, también es su obligación respetar los lugares públicos y las diferentes opiniones políticas, económicas, deportivas, etc.; incluyendo las diversas creencias espirituales.

 

Acompañamos a las denominaciones afectadas por este acto de vandalismo y animamos a los actores del ámbito religioso a continuar firmes; manifestando de manera pública y verbal su fe religiosa.  

 

Pastor Darío Bruno – Director de Deberes Cívicos y Libertad Religiosa de la Iglesia Adventista del Séptimo Día de Argentina

Pastor Jorge Rampogna – Director de Comunicación de la Iglesia Adventista del Séptimo Día de Argentina

 

 

Declaraciones afines adicionales: 

Nuestra posición Adventista sobre Minorías religiosas y libertad religiosa. puede ser vista en:

http://www.libertadreligiosa.org.ar/web/DeclaracionesOficiales.htm#MinoriasyLibRelig    

Nuestra posición Adventista sobre Tolerancia puede ser leída en:

http://www.libertadreligiosa.org.ar/web/DeclaracionesOficiales.htm#Tolerancia  

Nuestra posición Adventista sobre Extremismo Religioso pueden ser abordada en: 

http://www.libertadreligiosa.org.ar/web/DeclaracionesOficiales.htm#ExtremismoRelig

 


Lunes 19 de abril, 2010

 COMUNICADO DE PRENSA

 

NO AL MATRIMONIO HOMOSEXUAL CON ADOPCIÓN

 

Manifestación nacional cristiana contra el matrimonio homosexual, Bs As 15/07/2010.

La iglesia Adventista no participó.

La Iglesia Adventista del Séptimo Día, presente oficialmente en el país desde 1893, expresa a la comunidad argentina su grave preocupación por la violación del orden natural y los derechos educativos normales del niño huérfano, si el proyecto de Ley sobre el Matrimonio Homosexual con derecho a adopción, es aprobado este miércoles 21 de abril en la Cámara de Diputados.

 

Considerando el masivo rechazo a esta normativa legal por parte de los miembros y autoridades de las Religiones Cristianas de la Argentina, así como también por parte del Islamismo y del Judaísmo, con los cuales representamos al 80 % de la población nacional,  creemos disponer de argumentos concluyentes, racionales, del orden natural y religiosos, refrendados por la misma Biblia, base del Cristianismo, para apelar a los legisladores argentinos y a la sociedad toda, invitándolos a que se opongan enérgicamente a esta nueva ley sin temor a ser repudiados por los grupos que apoyan esta iniciativa.

 

Por lo tanto, invitamos a superar todo tipo de presiones  y dirigirnos como sociedad a lo “naturalmente deseable” y de esta manera impedir que la Argentina entre en el “revolucionario” grupo de tan solo 7 países en todo el mundo,  que se han colocado en una “vanguardia” que atenta contra el principio de la continuidad de la vida y de la influencia antinatural en la formación de los niños sin padres.

 

Finalmente, creemos en la libertad de todas las personas para tomar decisiones, con  el respaldo de la ley y de los derechos que ésta estipule,  sin soslayar los valores éticos cristianos basados en las Sagradas Escrituras y que fundamentan la adopción de niños en el marco del matrimonio con un papá y una mamá.

 

Pr. Darío Bruno

Director Deberes Cívicos y Libertad Religiosa

Iglesia Adventista del Séptimo Día

Unión Argentina

 

Pr. Jorge  Rampogna

Director Prensa y Comunicación

Iglesia Adventista del Séptimo Día

Unión Argentina

 

Declaraciones afines adicionales: 

Nuestra posición Adventista sobre Homosexualidad puede ser vista en:

http://www.libertadreligiosa.org.ar/web/DeclaracionesOficiales.htm#Homosexualidad    

Nuestra posición Adventista sobre Uniones del Mismo Sexo puede ser leída en:

http://www.libertadreligiosa.org.ar/web/DeclaracionesOficiales.htm#MatrimonioHomo  

Nuestra posición Adventista sobre los niños pueden ser abordada en:

http://www.libertadreligiosa.org.ar/web/DeclaracioneOficiales.htm#Niños